Comentarios: "Referencia Catastral:2055509UF6725N0001YD.Terreno urbanizable sectorizado situado en el Sector UR. LR Las Ramblas del municipio de Almogía, provincia de Málaga. Terreno de superficie registral: 410.519 m²s. Clasificación del suelo: Suelo Urbanizable UR. LR Las Ramblas. Superficie del Sector: 380.000 m²s. Uso característico: Residencial. Usos compatibles: Comercial y apartamentos. Densidad máxima de viviendas: 6,32 viviendas / Ha. Número máximo de viviendas del sector: 240 viviendas. Indice de edificabilidad Bruta máxima del Sector: 0,147 m²t / m²s. Techo máximo: 55.800 m²t.
Referencias catastrales:
1864702UF6716S0001LA, 2055509UF6725N0001YD, 1762102UF6716S0001HA, 1762107UF6716S0001GA, 1860201UF6716S0001HA, 1864703UF6716S0001TA, 1956902UF6715N0001JO, 1958804UF6725N0001KD, 1961211UF6716S0001UA y 2264202UF6726S0001FG.
Sup catastral: 380,000 m2 GESTIÓN URBANÍSTICA
SUJETO. Privado.
ELEMENTOS Y TRÁMITES SUELO FINALISTA.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad de las parcelas resultantes del proyecto de Reparcelación.
- Ejecución de las obras de urbanización según proyecto.
- Recepción de las obras de urbanización.
SISTEMA DE ACTUACIÓN. Compensación.
USO CARACTERÍSTICO.
- Uso Residencial: Vivienda unifamiliar aislada, situada de forma exenta en la parcela con espacio libre ajardinado, Vivienda unifamiliar agrupada en planta, dentro del carácter unifamiliar, resultando conjuntos que quedarán exentos y retranqueados dentro de los límites
de cada parcela.
- Uso Asistencial, Residencia-Hotel: Centro asistencial privado, destinado a residencia de ancianos y que incluya el hospedaje y alojamiento temporal de personas
-Uso Asistencial privado, Salud-Ocio: Uso sanitario-deportivo y recreativo que incluye la atención médica con carácter privado y el desarrollo de la cultura física mediante la práctica de actividades deportivas y usos complementarios a la misma
-Uso Comercial-apartamentos: Destinado a la compraventa de mercancías en régimen minorista, venta de comidas o bebidas para el consumo en el local, o a prestar servicios a los particulares, se considera compatible con el uso residencial en la categoría de apartamentos.
- Uso Áreas Libres: Esparcimiento al aire libre, la mejora de las condiciones ambientales y el esparcimiento, reposo o salubridad de la población (Zonas verdes y Jardines).
- Uso Equipamiento: Escolar-Educativo, Religioso, Espectáculos, Sanitarios, Servicios Deportivo, Campings.
- Uso Infraestructuras básicas: Servicios vinculados a las infraestructuras urbanas básicas tales como suministro de agua, saneamiento, redes de energía, telefonía, etc.
- Uso Espacio Público-Viario.
ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL. Ordenanzas N3.2, N3.3, N3.4, N4 y N6
INFRAESTRUCTURAS PENDIENTES. Cuenta con proyecto de urbanización, pendiente de ejecución de las obras de urbanización, iniciadas en su día y actualmente paralizadas. Por la documentación aportada, se tiene constancia de su paralización desde el año 2015.
- Vivienda Unifamiliar Aislada: 90% s/ 35.500 = 31.950 m²t para 121 viviendas (264 m2/Ud)
- Vivienda Unifamiliar Adosada: 90% s/ 13.500 = 12.150 m²t para 81 viviendas (150 m2/Ud)
- Comercial: 90% s/ 1.600 = 1.440 m²t
- Viviendas edificación plurifamiliar: 90% s/ 1.200 = 1.080 m²t para 14 viviendas (77 m2/Ud)
- Aparcamientos: ((1.440 + 1.080)/100) x 30 m² = 750 m²t."
IMPRIMIR